Para contratar y activar Link de Pago con Banchile Pagos, es fundamental cumplir con requisitos legales y presentar documentación que puede variar según se trate de persona natural o empresa, garantizando que el comercio esté habilitado para operar con la plataforma.
Requisitos Generales
- Ser mayor de 18 años.
- Tener iniciación de actividades vigente en el Servicio de Impuestos Internos (SII).
- Contar con domicilio verificable en Chile.
- Desarrollar una actividad económica lícita.
- No tener deudas vencidas, castigadas ni protestos vigentes.
- No estar inhabilitado para operar con Banco de Chile ni tener litigios activos contra el banco o sus filiales.
Documentos obligatorios
Para personas naturales con giro:
- Cédula de identidad vigente.
- Inicio de actividades en SII (circular 38 SII).
Para empresas (personas jurídicas):
- RUT de la empresa.
- Cédula de identidad del representante legal.
- Inicio de actividades en SII.
- Acreditación de domicilio.
- Escritura de constitución y poderes del representante legal, si se solicita.
Condiciones objetivas de contratación
Para personas jurídicas:
- Acreditar iniciación de actividades en SII según circular 38.
- Nacionalidad chilena o residencia definitiva si es extranjero.
- Domicilio verificable en Chile.
- Representantes legales sin condenas ni litigios vigentes contra Banchile Pagos o Banco de Chile.
- Actividades lícitas y sin restricciones normativas específicas.
- No haber incurrido en actos ilícitos o amenazas contra funcionarios.
- Presentar documentación respaldatoria válida.
- Validación de antecedentes por parte de Banchile Pagos o terceros autorizados.
Para personas naturales con giro:
- Ser mayor de 18 años.
- Iniciación de actividades vigente en SII.
- Nacionalidad chilena o residencia definitiva.
- Domicilio verificable en Chile.
- Actividad lícita conforme a la ley.
- No registrar antecedentes penales ni litigios con Banchile Pagos o Banco de Chile.
- Presentar documentación para validar la contratación.
Consideraciones adicionales
- A partir de 2026 se exigirá verificar el cumplimiento tributario según circular N°38 del SII.
- Las actividades del negocio están sujetas a evaluaciones y posibles restricciones según políticas internas.
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